El proyecto de ley «Que declara emergencia social ante la violencia contra las mujeres, niñas y adolescentes» recibió sanción ficta el pasado 20 de diciembre. Es decir, fue sancionado y ahora pasa al Ejecutivo.
Este proyecto de ley se originó como reacción al trágico feminicidio de la joven Katia Brítez, quien perdió la vida a manos de su expareja, beneficiario de prisión domiciliaria.
El senador Ever Villalba (PLRA) fue el impulsor de este proyecto de ley, el cual recibió media sanción en el Senado y fue enviado a la Cámara de Diputados. Aunque debía ser tratado el 20 de diciembre (día en que obtuvo sanción ficta), se dieron prioridad a otros puntos del día. Finalmente, fue sancionado.
La ley «Que declara emergencia social ante la violencia contra las mujeres, niñas y adolescentes y establece mecanismos urgentes de prevención promoviendo cambios de patrones socioculturales» Las medidas se realizarán en el ámbito educativo y en la función pública.
Qué dice el proyecto de ley que declara emergencia social ante la violencia contra las mujeres
El Congreso paraguayo sanciona con fuerza de Ley: Art. 1: La presente ley tiene como propósito declarar la emergencia social ante la violencia contra las mujeres, niñas y adolescentes por un periodo de 5 años a partir de su promulgación.
Art. 2: Establece la obligatoriedad de implementar estrategias preventivas contra la violencia hacia mujeres, niñas y adolescentes. Busca concientizar sobre igualdad de género, no discriminación y respeto a los derechos humanos.
Su finalidad es promover el cambio de patrones socioculturales que promueven y sostienen la desigualdad entre hombres y mujeres, la erradicación del machismo y la erradicación de prácticas masculinas violentas con medidas concretas en el ámbito educativo y en la función pública.
Art. 3°: Dispóngase que todas las instituciones de educación públicas y privadas, de todos los niveles dediquen al menos 1 (una) hora semanal a la deconstrucción del machismo y a erradicar las practicas masculinas violentas.
Se implementarán diversas estrategias pedagógicas, como talleres, cine debates, proyectos de investigación, teatro, charlas, espacios reflexivos y actividades deportivas, con la participación e involucramiento de todos los miembros de la comunidad educativa y las familias.
Las instituciones educativas requerirán el apoyo del Ministerio de la Mujer, Ministerio de la Niñez y la Adolescencia, Ministerio de Salud, Ministerio de la Defensa Pública, gobernaciones y municipalidades, promoviendo un abordaje multidisciplinario e intersectorial.
Art. 4: Todas las instituciones del sistema educativo nacional deben llevar a cabo actividades según la ley y normativas aplicables. El Ministerio de Educación creará un programa para cumplir con las obligaciones establecidas en la Ley N° 5777/2016 y esta ley en 30 días.
Art. 5: Las instituciones educativas planificarán, coordinarán y registrarán actividades, siendo responsables de su cumplimiento. El incumplimiento se considerará falta grave. El Ministerio de Educación informará semestralmente al Ministerio de la Mujer.
Art. 6: Los medios de comunicación, tanto públicos como privados, deben fortalecer las medidas de prevención contra la violencia mediática, telemática y simbólica, conforme a lo establecido en las leyes N° 5777/2016 y Nº 6806/2021.
Art. 7: El Conacyt lanzará un llamado con fondos de PROCIENCIA II para analizar los patrones de violencia contra las mujeres, así como las conductas masculinas que perpetúan la desigualdad. Los proyectos durarán al menos 12 meses.
Art. 8: Todos los funcionarios públicos permanentes o contratados deberán recibir formación obligatoria sobre igualdad de derechos entre hombres y mujeres, no discriminación y violencia contra mujeres, niñas y adolescentes.
La obligatoriedad de esta capacitación se extiende incluso a las máximas autoridades de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, y estará a cargo del Ministerio de la Mujer El contenido se ajustará a los lineamientos del Ministerio de la Mujer, en colaboración con el INAPP.
La duración mínima será de 12 horas, y la constancia de participación será requisito para la promoción o recontratación. Las instituciones deberán publicar en su página web el porcentaje de personas capacitadas, desglosado por jerarquía y dependencia.
La decisión la tiene el Ejecutivo
Hasta el pasado 22 de diciembre el Ministerio Público tiene totalizado 43 feminicidios durante 2023, dejando 76 huérfanos de los cuales 55 son menores de edad.
La recopilación de datos realizada por el Programa de Datos Abiertos del Ministerio Público, en el capítulo de Violencia contra la Mujer, muestra que las cifras son más que estadísticas; son mujeres que han perdido la vida debido a la violencia de género.
Erradicar el machismo y detener esta ola de violencia contra las mujeres está ahora en manos del presidente Santiago Peña.